martes, 28 de agosto de 2012

TV Guadalagara Digital (TGD) Trama Filatélica Made in Spain

Frase de la semana: La práctica y el conocimiento de utilizar el dinero de modo inteligente, es una de las habilidades menos desarrolladas que poseemos. Aprender a invertir y transmitir ese conocimiento a nuestros hijos no es un mero divertimento, es una obligación ineludible. Autor: Jack William Palace.    
 
Amigo, no de mí, sino de lo mío, lléveselo el río.  http://www.youtube.com/watch?v=3BHyDyfdH3w     

Ironía NAZI: Arbeit macht Frei -
Jedem das Seine.    

Ad infinítum.   
 

9 de Mayo de 2.006 500.000 Personas pierden todos sus ahorros (España)    


Todos los Martes a las 19:00 Horas - Manifestación 

Concentración: Ante la Sede del Partido Popular (PP), en la Calle de Génova, nº 13. 28004 Madrid  

 

http://www.megavideo.com/?v=Z1YG6BCWhttp://forumafinsa.blogspot.com/     

Hoy por nosotros, mañana por vosotros. http://www.youtube.com/watch?v=GFcLUAFQEB0      


5 de Diciembre de 2.010 Frase de la Semana: Quien le echa un pulso al Estado, pierde. Autor: Alfredo Pérez Rubalcaba. http://www.youtube.com/watch?v=k97wVG-1Tro   




La Mayor Estafa Piramidal de la Historia de España. 1º parte 
- Televisión Guadalajara TGD 


Archivo: http://www.tvguadalajaradigital.es/?s=Fórum+Afinsa    

2.010    

6 de Mayo de 2.010 TVguadalagaradigital.es TGD - Debate - Presentadora: Rosa San Millán. Entrevista: Eduardo Berbis Seriñan, José Javier López de Castro Martínez – Fórum y Francisco Berzosa Afectado Afinsa. http://www.tvguadalajaradigital.es/2010/05/los-afectados-de-forum-y-afinsa-en-nuestro-programa-debate/    

http://www.blip.tv/file/3596878 TV_Guadalajara_06-05-2010 
http://www.mefeedia.com/watch/31123281   

Habla: Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE): Con independencia de las responsabilidades en las pudieran incurrir los gestores directivos o empresarios cuidese de los...
RESPONSABILIDAD CIVIL SUBSIDIARIA DEL ESTADO      

¿Mercantil o Financiera?  

Diferencia entre contrato Mercantil y contrato Financiero:   
5.1.a) Ausencia de control e intervención de una actividad desarrollada con verdaderos instrumentos financieros y por entidades que realmente llevan a cabo servicios de inversión (criterios de inclusión objetivo y subjetivo en el ámbito de aplicación de la Ley del Mercado de Valores LMV) y de forma muy cercana a una IIC Instituciones de Inversión Colectiva (1984-2004)  

En efecto. Analicemos la normativa. Ley 46/1984 de Instituciones de Inversión Colectiva IIC, vigente hasta 2004. 
Artículo 1. Ámbito de aplicación. 1. A los efectos de la presente Ley, serán consideradas como Instituciones de Inversión Colectiva las reguladas en su articulado y aquellas que, cualquiera que sea su objeto, capten públicamente fondos, bienes o derechos del público para gestionarlos, siempre que el rendimiento del inversor se establezca en función de los resultados colectivos mediante fórmulas jurídicas distintas del contrato de sociedad.
En ningún caso tendrán la consideración de Instituciones de Inversión Colectiva los Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, Entidades de Financiación, de Seguros y demás Instituciones Financieras sujetas a una regulación especial.  
2. Las Instituciones de Inversión Colectiva pueden ser de dos clases: de carácter financiero, que se caracterizan porque tienen como actividad principal la inversión o gestión de activos financieros, tales como dinero, valores mobiliarios, pagarés, letras de cambio, certificados de depósito y cualesquiera otros valores mercantiles, y de carácter no financiero, que operan principalmente sobre activos de otra naturaleza.   


Imagen: 10 de Mayo de 2006 Fórum Filatélico (Guadalajara), Francisco Briones Nieto 29 de Marzo de 2005 (Guadalajara), Carta "Somos Inocentes y no tenemos nada que ocultar"  


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7 de Mayo de 2.010     

http://www.tvguadalajaradigital.es/debate/forum-afinsa/    

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18 de Noviembre de 2.010 TVguadalagaradigital.es TGD - Debate - Presentadora: Rosa San Millán. Entrevista: Eduardo Berbis Seriñan y José Javier López de Castro Martínez.  http://www.tvguadalajaradigital.es/2010/11/forun-y-afinsa-4-anos-despues-siguen-luchando-por-su-dinero/     

http://www.blip.tv/file/4416688 DEBATE FÓRUM FILATÉLICO Y AFINSA 4 AÑOS DESPUÉS_TVGUADALAJARA_20-11-2010  

Habla: Primera Subasta Administración Concursal,en la subasta del 18 de noviembre de 2010 se pusieron a la venta 21 inmuebles, Ley Concursal, "Procedimientos: Concursal, Penal, Contencioso Administrativo", Juez Baltasar Garzón Real, Juez Pablo Rafael Ruz Gutiérrez, CNMV Informe 1999, Responsabilidad Patrimonial del Estado ...,  Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), José María Ramírez Agulló, Antonio Moreno Administrador Concursal "Honorarios del Administrador Concursal", FOGAIN 20.000 Euros, Francisco José Navarro Sanchís, Diego Córdoba Castroverde, "Kafka estaría de acuerdo",...




18 de Noviembre de 2.010 Jueves de 10 a 11:30 Horas - Manifestación Afectados Fórum-Afinsa (MADRID) 


Recorrido: Concentración
Calle de Modesto Lafuente nº 26, esquina con la Calle de José Abascal. Administración Concursal de “Fórum Filatélico S.A.” en LIQUIDACIÓN. A las 11:00 Horas Marcha hasta la antigua sede de Fórum Filatélico, situada en la
Calle de José Abascal nº 51 C.P. 28003 de Madrid (España).     

 

* Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional (TS) http://es.globedia.com/asociacion-perjudicados-forum-madrid-recurrira-sentencia-tribunal-constitucional ´


La Ley solo permite interponer el Recurso de Casación ante Tribunal Supremo (TS) a aquellos afectados que reclaman cuantías superiores a los 150.000 euros. (caso Fórum-Afinsa)

Los 470.000 Afectados que no habían perdido 150.000 Euros, no tenían derecho al Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo (TS) ¿Tengo Derecho a Reclamar mi Dinero?

Tanto tienes, tanto vales, es la hija de puta y cruel verdad.
http://www.youtube.com/watch?v=sP9zL_q7htU


Diferencia entre contrato Mercantil y contrato Financiero:
5.1.a) Ausencia de control e intervención de una actividad desarrollada con verdaderos instrumentos financieros y por entidades que realmente llevan a cabo servicios de inversión (criterios de inclusión objetivo y subjetivo en el ámbito de aplicación de la Ley del Mercado de Valores LMV) y de forma muy cercana a una IIC Instituciones de Inversión Colectiva (1984-2004)

En efecto. Analicemos la normativa. Ley 46/1984 de Instituciones de Inversión Colectiva IIC, vigente hasta 2004.
Artículo 1. Ámbito de aplicación. 1. A los efectos de la presente Ley, serán consideradas como Instituciones de Inversión Colectiva las reguladas en su articulado y aquellas que, cualquiera que sea su objeto, capten públicamente fondos, bienes o derechos del público para gestionarlos, siempre que el rendimiento del inversor se establezca en función de los resultados colectivos mediante fórmulas jurídicas distintas del contrato de sociedad.
En ningún caso tendrán la consideración de Instituciones de Inversión Colectiva los Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, Entidades de Financiación, de Seguros y demás Instituciones Financieras sujetas a una regulación especial.
2. Las Instituciones de Inversión Colectiva pueden ser de dos clases: de carácter financiero, que se caracterizan porque tienen como actividad principal la inversión o gestión de activos financieros, tales como dinero, valores mobiliarios, pagarés, letras de cambio, certificados de depósito y cualesquiera otros valores mercantiles, y de carácter no financiero, que operan principalmente sobre activos de otra naturaleza.



Fórum-Afinsa: En un Estado de Derecho, no hay derecho a que te dejen en este estado. Afectados Fórum Filatélico, Afinsa, Preferentes...


http://www.youtube.com/watch?v=o3zasN-84HY   



"Ya conocen las noticias, ahora les contaremos la verdad" El Gran Wyoming.  





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